PAGOS EN LÍNEA Y DECLARACIÓN DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
5. Formas de pago en línea
Uno de los nuevos servicios que con el tiempo el sri ha sido el pago pago en línea de los tributos lo cual facilita el pago y la recaudación de los tributos los cuales deben ser pagados en los tiempos estipulados por la ley a través de la plataforma del sri los pasos o la manera en la cual se debe realizar este pago es la siguiente:
Pasos
1) Ingrese con su número de identificación y clave en www.sri.gob.ec - Opción: SRI en Línea
2) Acceda al menú Pagos - Opción: Pago en línea - Pago de obligaciones.
3) Seleccione la(s) obligación(es) a pagar.
4) Escoja las formas de pago: Saldos Desmaterializados y/o medios electrónicos e ingrese el valor a pagar.
5) Confirme el registro y la aceptación de responsabilidad.
6. Declaración del impuesto al valor agregado
Los sujetos pasivos del IVA declararán el impuesto de las operaciones que realicen mensualmente dentro del mes siguiente de realizadas, salvo de aquellas por las que hayan concedido plazo de un mes o más para el pago en cuyo caso podrán presentar la declaración en el mes subsiguiente de realizadas, en la forma y plazos que se establezcan en el reglamento. Los sujetos pasivos que exclusivamente transfieran bienes o presten servicios gravados con tarifa cero o no gravados, así como aquellos que estén sujetos a la retención total del IVA causado, presentarán una declaración semestral de dichas transferencias, a menos que sea agente de retención de IVA.
- Los sujetos pasivos del IVA obligados a presentar declaración efectuarán la correspondiente liquidación del impuesto sobre el valor total de las operaciones gravadas. Del impuesto liquidado se deducirá el valor del crédito tributario de que trata el artículo 66 de esta Ley.
El Servicio de Rentas Internas (SRI) modificó el Formulario 104 para la declaración del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de las personas naturales obligadas a llevar contabilidad, con el fin de que se puedan registrar en los casilleros 721 y 723 los valores por retenciones de IVA del 10% y 20% respectivamente, aplicables para las transacciones de bienes y servicios entre contribuyentes especiales.
Los sujetos pasivos del IVA declararán el impuesto de las operaciones que realicen mensualmente y pagarán los valores correspondientes a su liquidación en el siguiente mes, hasta las fechas que se indican a continuación, atendiendo al noveno dígito del número del Registro Único de Contribuyentes - RUC:

6.1 Formulario 104
Sirve para que los agentes de retención, presenten un reporte de retenciones del impuesto al valor agregado IVA, de las personas naturales obligadas a llevar contabilidad.
Como el resultado de esto podemos obtener un saldo a favor llamado crédito tributario y un saldo en contra llamado impuesto a pagar
(Se adjunta un archivo con el formulario)
6.2 Formulario 104A
Sirve para que los agentes de retención, presenten un reporte de retenciones del impuesto al valor agregado IVA, de las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad.
(Se adjunta un archivo con el formulario)