NORMATIVA

Aplicación del Catálogo Único de Cuentas
La Superintendencia de Bancos ha diseñado el Catálogo Único de Cuentas de uso obligatorio para todas las entidades financieras del país, con el objetivo de unificar el sistema contable del Sector Financiero, con las reglas internacionales del Comité de Basilea con la finalidad de delinear su dinámica e instrucciones generales para el registro de las transacciones, lo cual garantiza la confiabilidad y transparencia de la información contable mejorando el control, vigilancia financiera y técnica de auditoría
Las instituciones del Sistema Financiero no podrán modificar al plan de cuentas, y deberán entregar obligatoriamente los estados financieros mensuales y la consolidación anual a la Superintendencia de Bancos y Seguros el 31 de Diciembre de cada año
El Catálogo Único de Cuentas contendrá:
- Plan de cuentas
- Instrucciones generales para el registro de transacciones
- Instructivo para el uso de cada cuenta
- Formato de los balances básicos
Plan de cuentas: Es el detalle de cuentas ordenadas y codificadas en atención a normas internacionales

Codificación: La identificación y codificación de cuentas se basa en el sistema de codificación decimal para facilitar la implantación de sistemas computarizados que garanticen un registro adecuado de las transacciones. El Catálogo establece el uso de seis dígitos horizontalmente, que identifican
Principales elementos y grupos de cuentas
En el Plan de Cuentas se compone de 7 elementos de Estado Financiero o siete grupos generales, los cuales son los siguientes:


Podemos encontrar el Plan de Cuentas completo en la plataforma oficial de la Superintendencia de Bancos, como te adjunto en el siguiente link
Constitución de instituciones financieras
