MARCO INSTITUCIONAL

El 27 de enero de 1964 por medio de Decreto Supremo No.164, que se promulga en el Registro Oficial NO.181 de 15 de febrero del mismo año, se dicta la primera Ley de Compañías en el Ecuador, la misma que entra en vigor desde el 16 de marzo de 1964.
Tal Decreto Supremo conllevó el origen de un cuerpo legal con su propia libertad y la obvia eliminación del Título VI del Código de Negocio, que decía: "De las Compamas de Comercio y de las Cuentas de Colaboración" advirtió la conveniencia del control de las compañías anónimas.
Dando cumplimiento a la Disposición Transitoria Primera de esta primera Ley de Compañías, el 20 de abril de 1964, inició a funcionar la Intendencia de Compañías Anónimas.
La Asamblea Nacional Constituyente que se reunió en 1966 expidió la Ley por la cual se otorgaba a la Superintendencia de Compañías el carácter de Organismo del Estado y se le independizaba de la Superintendencia de Bancos. De esta forma se extendió la esfera de competencia de la Institución, y a parte de las funciones ya encomendadas pasó a controlar las compañías de economía mixta; todo lo expuesto o sea la creación de la Superintendencia de Compañías, quedó concluida en razón del Decreto No.59 del 1ero de junio de 1967, promulgado en el Registro Oficial No.140 de 5 de junio del mismo año.
En ventaja de la Resolución No.319, expedida por la Superintendencia de Compañías el 6 de mayo de 1968 y publicada en el Registro Oficial No.424 de 19 de julio del mismo año, se efectúa la primera codificación de la Ley de Compañías.
El 12 de Septiembre de 2015 la Superintendencia de Compañías Valores y Seguros, asumió el control y la regulación del sector privado que ha estado a cargo de la Superintendencia de Bancos, esta sustitución del órgano de control se originó en el art.312 de la Constitución que fue aprobada por la consulta popular a inicios del 2011 a lo que se disponía que las actividades financieras del Ecuador debían desvincularse de las no financieras, donde se encuentran las del seguro privado.
la Superintendencia de Bancos, órgano de control y regulación en esa época, expidió la normativa que reguló el proceso de desinversión de los accionistas mayoritarios y administradores de instituciones financieras en el sector real, normas que fueron complementadas con la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero y confirmadas por el Código Orgánico Monetario y Financiero. Pero en este último se dispuso que la Superintendencia de Compañías fueran las que ejercieran la vigilancia, auditoría, supervisión y control del régimen de seguros en el Ecuador, luego de un año que el Código estuviera en vigencia, el que se promulgo el Registro Oficial el 12 de septiembre de 2014, donde esta disposición está en coherencia con la norma constitucional del art.312, con el fin de que la Superintendencia de Bancos y la de Economía Popular y solidaria se dediquen a lo financiero mientras que la de Compañías al no financiero.
A partir del lunes 14 de Septiembre del 2015, comienzan a atender a las entidades privadas, así como a todo el público ofreciendo una gestión de calidad gracias a importantes inversiones en tecnología y sistemas de información que la institución ha hecho en los últimos años.
1.1.1 Misión
Es una institución que controla vigila y promueve el mercado de valores, el sector societario y de seguros, mediante sistemas de regulación y servicios, contribuyendo al desarrollo confiable y transparente de la actividad empresarial en el país.
2.1.2 Visión
Ser hasta el 2021 reconocida como una institución que presta servicios de calidad, de forma ágil y oportuna, en un marco de transparencia y eficiencia, contando para ello con un centro de atención virtual y la mejora continua en los procesos, para fortalecer el control y vigilancia del sector societario, de mercado de valores y de seguros.
1.1.3 Objetivos
Promover, organizar y desarrollar el Mercado de Valores, mediante una gestión transparente y confiable de la información.
1.1.4 Organigrama Funcional
Art. 7 de la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública - LOTAIP, literal a1) Estructura orgánica funcional.
