ASPECTOS CONTABLES 1.2

EJERCICIO SOCIAL Y CUENTAS ANUALES
APLICACIÓN DE RESULTADOS La aplicación del resultado del ejercicio es competencia de la Junta General, con los límites legales y estatutarios. Los dividendos se distribuirán entre los accionistas ordinarios en proporción al capital que hayan desembolsado. La aplicación del resultado del ejercicio es competencia de la Junta General, con los límites legales y estatutarios. Los dividendos se distribuirán entre los accionistas ordinarios en proporción al capital que hayan desembolsado.
INFORMACION A LOS SOCIOS A partir de la convocatoria de la Junta General, cualquier soci@ podrá obtener de la Sociedad de forma inmediata y gratuita los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la misma y el informe de los auditores de cuentas y el de gestión en su caso. En la convocatoria se hará expresión de este derecho. Durante el mismo plazo el soci@ o soci@s que representen el cinco por ciento del capital social podrán examinar en el domicilio social, por sí o en unión de experto contable, los documentos que sirvan de soporte y de antecedente de las cuentas anuales.
REPARTO DE BENEFICIOS. Los beneficios líquidos obtenidos después de detraer Impuestos y reservas legales o voluntarias, se distribuirán entre l@s soci@s en proporción al capital desembolsado por éstos.